Nota Aclaratoria

De conformidad con las directrices para la publicación de información correspondiente al Art. 7 de la LOTAIP determinadas por la Secretaría General de Planificación del MDMQ, a través de la Circular Nro. GADDMQ-SGP-2019-0007-C, en función a las disposiciones establecidas por la Defensoría del Pueblo, mediante el Oficio Nro. DPE-DNTAIP-2019-0058-O, se establece que las entidades dependientes del Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito que unificaron el RUC no deben publicar la información de la transparencia activa en sus link de transparencia, a fin de no duplicar la información que se publicará en el link de transparencia del GAD del Distrito Metropolitano de Quito.

 

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